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Reglamento Interno

-Protocolo de accidentes escolares.

N° 6 Protocolo de accidentes escolares.

La Ley 16.744 Art. 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

PasoAccionesResponsablesPlazos
1. Activaciøón de protocolo por accidente escolar.a) Cualquier funcionario o estudiante deberá dar aviso al inspector general o encargada de convivencia quién acompaña al estudiante accidentado a la enfermería o avisa a la técnico paramédico para que concurra al lugar del accidente.
b) La técnica paramédica prestará los primeros auxilios al estudiante accidentado en enfermería o lugar del accidente según sea el caso.
Inspector General, Encargada de Convivencia24 horas
2. Informar a apoderado.)Se llamará por teléfono al apoderado o adulto responsable inmediatamente para poner en conocimiento situación ocurrida, el responsable será Inspector General y/o Encargada de Convivencia.
b) Se dejará registro de la entrevista con el apoderado una vez explicada la situación, esta debe ser escrita y firmada por el apoderado.
Inspector General, Encargada de Convivencia.24 horas máximo.
3. Derivación a centro asistencial correspondiente.a) Inspector evaluará la situación con apoderado y TENS y se entregará formulario de accidente escolar, se entregará y se menciona que para hacer efectivo el seguro escolar debe ser trasladado hasta el Hospital Herminda Martín de Chillán, ubicado en la ciudad de Chillán. El apoderado debe trasladar por sus propios medios al estudiantes.
b) En caso de gravedad o que la situación lo amerite, el estudiante será derivado inmediatamente al centro asistencial más cercano (CESFAM PORTEZUELO) acompañado por Inspector General) se le comunicará al apoderado vía telefónica para que llegue al establecimiento asistencial y tome conocimiento de lo sucedido y se quede acompañando a su pupilo.
Inspector General, Encargada de Convivencia Escolar24 hrs máximo.
4. Registro de estudiantes y seguro escolar o previsión de salud asociada.a)El establecimiento posee un Registro de matrícula actualizado donde se registra al momento de matricular a los estudiantes los datos de previsión de salud y seguros asociados, este registro esta disponible en Inspectoría General, Dirección y Unidad de Informáticos del establecimiento.Inspector General, Dirección InformáticosSe actualiza en marzo de cada año.

Protocolo de accidentes escolares durante una salida pedagógica.

Los viajes de estudio corresponden al conjunto de actividades educativas extraescolares que planifiquen, organicen y realicen, tanto dentro como fuera del territorio nacional, grupos de alumnos/as del Liceo Bicentenario de Excelencia Nibaldo Sepúlveda Fernández, con el objetivo de adquirir experiencias en los aspectos económicos, culturales y cívicos del lugar que visiten.
Los viajes de estudios que planifiquen organicen y realicen los cursos y/o grupos de alumnos/as del Liceo serán de responsabilidad del Director/a y sostenedor/a del establecimiento, quien a su vez como requisito fundamental indica “que dichos viajes deberán contar como mínimo con dos adultos responsables de la actividad, es decir profesor/a, asistente de la educación y/o apoderado/a”.
Como medida de precaución para evitar accidentes es necesario: “revisar que la empresa de transporte o vehículo contratado cuente con todas las autorizaciones y requisitos necesarios para realizar este tipo de viaje y a su vez exigidos por el ministerio de transporte”. Todo profesor/a que realice viajes de estudios con sus estudiantes debe contar con una nómina actualizada de los datos de los apoderados de los/las estudiantes asistentes a la actividad y llevar documentación sobre declaración de accidentes escolares.
Estos procedimientos son aplicables a todos los estudiantes que salgan del establecimiento ya sea por el día o en jornadas con estadía fuera del colegio, es decir tales como:

  • Jornadas, campamentos, misiones, salidas pedagógicas, actividades outdoor, viajes deportivos, visitas a universidades, etc.
  • En actividades extraordinarias en el currículo como salidas en representación del establecimiento, los alumnos/as deberán ser acompañados mínimo por dos adultos en forma permanente, dependiendo de la cantidad de estudiantes que asistan a las actividades.
  • La autorización enviada a los apoderados/as para solicitar su permiso en las actividades, deben tener la información del lugar a visitar y la hora de salida y llegada.
  • El profesor/a que organiza la salida pedagógica es el responsable de generar la planificación curricular, la que debe especificar itinerario, objetivos de aprendizajes, cronograma de actividades, nómina de estudiantes, nómina de adultos responsables.
  • La secretaría del establecimiento proporcionará a cada estudiante participante, una tarjeta de identificación que señale nombre y dirección del establecimiento, así como el nombre y celular del personal responsable, y de los padres y apoderados que acompañen la actividad.
  • La secretaría del establecimiento facilitará credenciales al personal del establecimiento y padres acompañantes, especificando nombre y apellido de cada persona.

    En caso de accidentes se deben seguir los siguientes pasos para la toma de decisiones y de esta manera tener un mejor actuar frente a los posibles escenarios.

EN CASO DE ACCIDENTES LEVES:

-El profesor/a deberá evaluar la situación que se ha presentado.

  • Prestar ayuda en primeros auxilios en caso de ser necesario.
  • Trasladar de manera inmediata al centro asistencial más cercano.
  • Avisar a Dirección del Establecimiento.
  • Llamar a los respectivos apoderados del /las estudiantes que han sufrido algún accidente de carácter leve.
  • Acompañar a el/la estudiante hasta la llegada de algún familiar.

EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES:

  • El/la profesor/a y acompañante evalúan situación de riesgo.
  • Inmediatamente después de evaluar, se comunicarán con los servicios de urgencia que sean requerido (ambulancia, bomberos).
  • Se comunicarán con carabineros al 133, informando sobre la situación vivida (accidente)
  • Informar al Establecimiento sobre lo sucedido y de las medidas que han sido tomadas.
  • La dirección del Establecimiento se hará responsable de comunicarse con cada uno de los apoderados de los alumnos/as involucrados/as en el accidente.
  • Si, se realizara traslados de heridos, es el profesor/a quien debe acompañarlos/as hasta el servicio de urgencia, quedando a cargo del resto de los alumnos/as el acompañante que le ha sido asignado/a por el establecimiento (asistente de educación y/o apoderado/a)
  • Mantener contacto permanente con el colegio sobre los pasos que han sido realizados.
  • Activar los mecanismos de “declaración de accidentes escolares”.
  • El Liceo Bicentenario de Excelencia Nibaldo Sepúlveda Fernández se hará responsable de mantener contacto y de seguir evolución de el/la alumno/a afectado/s y sus familias.