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Reglamento Interno

-Protocolo de actuación frente a situaciones de bullying, cyberbullying, y otros.

Nro 4. Protocolo de actuación frente a situaciones de bullying, cyberbullying, grooming, maltrato, acoso escolar o violencia entre miembros de la Comunidad Educativa.

a). Acoso escolar.

Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Es importante distinguir que existen diversas situaciones que pueden afectar la convivencia escolar y cada una de ellas debe ser abordada de manera diferente. Por eso es necesario tener presente las siguientes distinciones:
● Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve amenazada, que eventualmente podría afectar su integridad.
● Conflicto: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia.
● Violencia: Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Pero todas tienen en común dos ideas básicas: El uso ilegítimo del poder por la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como consecuencia.
● Bullying: es todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesto a un mal de carácter grave. Puede ser de tipo psicológico, verbal, social o físico. El psicológico: es aquel donde atacan la autoestima de la persona e intentan producir sensación de temor en ella. El verbal: está caracterizado por todo tipo de insultos, apodos,sobrenombres, burla, desprecios, atacar los defectos físicos, entre otros de manera pública. El social busca apartar o exiliar al individuo del resto de los compañeros o grupo. Y el bullying físico, que es el más común, es aquel en que se agrede de manera física a la persona por medio de patadas, golpes, empujones, etc. Una agresión ocasional o aislada, o bien una pelea o discusión entre compañeros no se califica como acoso o bullying, sin perjuicio de que pueda constituir otro tipo de falta o de conducta delictiva.
● Ciberbullying: es el uso de los medios tecnológicos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online, entre otros) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen. Estamos ante un caso de Ciberbullying cuando un menor atormenta, amenaza, hostiga, humilla o molesta a otro/a mediante Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas.
● Grooming: (en español «acicalando») es una serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él. En algunos casos, se puede buscar la introducción del menor al mundo de la prostitución infantil o la producción de material pornográfico.
● Sexting: es el acto de enviar mensajes o fotografías sexualmente explicitas por medios electrónicos, especialmente a través teléfonos celulares.
Tanto en lo que respecta a violencia como al bullying, ciberbullying y grooming, dichas situaciones están, consideradas como Faltas Gravísimas y pueden llegar a ser hechos constitutivos de delito de conformidad con la legislación vigente, motivo por el cual estamos obligados como Establecimiento a denunciar estos hechos ante PDI, Carabineros, Fiscalía o a los Tribunales de justicia. Todas estas acciones cuentan con nuestro rechazo absoluto, por lo cual el Liceo se exime de responsabilidad alguna.

b). Características y/o efectos del abuso o acoso.

● Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros Derechos Fundamentales.
● Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
● Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

c). No es acoso escolar:

Un conflicto de intereses o desacuerdos entre personas; las discusiones entre iguales, es decir, entre dos personas que están en igualdad de condiciones; Una pelea ocasional y aislada entre dos o más personas; Juegos bruscos o violentos.

d). Formas de violencia escolar.

Las conductas consideradas como violencia escolar son:

FORMAS DE VIOLENCIA ESCOLAR
1) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
2) Participar en actos violentos, como agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa dentro como en los alrededores del Colegio (incluso en horarios y días que no sean de clases), causando lesiones.
3) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa de manera reiterada, dentro y fuera del Colegio.
4) Amenazar, atacar, injuriar, ridiculizar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa, a través de chats, blogs, Facebook, mensaje de texto, correos electrónicos, Instagram, twitter, Messenger, skype, youtube, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, WathsApp, sitios webs, redes sociales, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
5) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.
6) Realizar cualquier conducta transgresora de índole sexual contra otro miembro de la comunidad escolar sin mediar consentimiento, se incluyen las burlas de contenido sexual.
7) Cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro.
8) Agresión de adulto a estudiante: Son aquellas agresiones realizadas por algún miembro de la comunidad escolar, distinto de un educando, (funcionario del colegio y padre y/o apoderado) en contra de un estudiante, contra su dignidad o que arriesgan su integridad física y/o psíquica. Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras.
9) Agresión de estudiante a adulto: son aquellas conductas como insultos, amenazas o ataques físicos que produzcan algún tipo de lesión a algún funcionario del establecimiento o apoderado.
10) EI colegio deberá denunciar los hechos constitutivos de delitos a las autoridades competentes, dentro de las 24 horas siguientes contadas desde que toma conocimiento de los hechos.

e). Rol de los padres frente a situaciones de acoso escolar o violencia.

● Los padres deben permanecer en calma y no reaccionar con violencia hacia el colegio o el agresor, ya que no solucionará así el problema, no modelará formas adecuadas de solucionar conflictos que enseñe a sus hijos frente a futuros problemas.
● Apoyar emocionalmente a su hijo y ayudarlo a superar el problema de la violencia en el colegio, con refuerzos positivos hacia su autoestima.
● Es importante enseñar a solucionar los conflictos pacíficamente.
● Enseñar a su hijo estrategias para defenderse de las burlas, amenazas o agresiones como: “Comunica a tus profesores o autoridades del colegio sobre la situación”; “Ignóralo”, “haz como que no lo has oído”; “No lo mires”. “Si puedes, camina y pasa a su lado sin mirarlo”; “No llores, ni te enojes, ni muestres que te afecta”; “Corre si es necesario”. “Alejarse de la situación no es de cobardes”; “Responde al agresor con tranquilidad y firmeza”, etc.
● Acercarse a conversar con el profesor e intentar estrategias que estimulen que las partes implicadas se comprometan a no molestarse, aun si no quieren ser amigos.
● Estimularlo a que haga nuevos amigos y que participe en actividades escolares o sociales que refuercen su socialización y autoestima.
● Evitar estas conductas: Hablar y amenazar al agresor dentro o fuera de las dependencias del colegio; Instigar a su hijo que se defienda brutalmente; Pretender que el hijo solucione su dolor con más presión, por ejemplo diciéndole: “no te dejes pegar” o “tienes que ser más fuerte”, produce siempre el efecto contrario, se sienten más débiles; Irrumpir en el colegio, ocasionando un escándalo con el profesor o padres del niño agresor; Sobreproteger a la víctima, y alejarlo permanentemente de situaciones conflictivas, incluso buscando cambiarlo rápidamente de curso o de colegio; No dando importancia al problema o negando su existencia, obligando al hijo a que se someta a su hostigador, con el argumente de que cuando éste se canse, dejará de molestarlo.

f). Rol del colegio.

● Capacitar a los profesores en torno al acoso y estrategias para dar solución a estos problemas y para enseñar a los niños a solucionar sus conflictos de manera pacífica.
● Estableciendo reglas de convivencia en la sala de clases.
● Estimular en los alumnos las habilidades sociales, enseñar a resolver conflictos de manera pacífica, desarrollo de la empatía, solidaridad, convivencia social.
● Capacitar al equipo de convivencia y equipo Directivo para activar y ejecutar los protocolos.
● Realizar jornadas de prevención del Cyberbullying, sexting y grooming, dirigidas a apoderados, funcionarios y estudiantes.
● En los casos de Grooming o Sexting en que se vean involucrados funcionarios, adultos, del Establecimiento se procederá a tomar las medidas de protección necesarias para el resguardo del menor afectado (ejemplo: separarlo de las funciones en que tenga contacto con el menor), y junto con esto, se deberá denunciar el hecho a las autoridades competentes
● En caso que cualquier funcionario sea testigo de un delito o presuma la existencia de un delito hacia una estudiante, tendrá el deber de informar a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Tribunal competente en materia penal, en un plazo máximo de 24 horas. Para ello, deberá ir directamente a la unidad policial más cercana o a las oficinas del tribunal, según corresponda. También podrá ingresar la denuncia en la página oficial de: https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/home/index.php.

PasosAccionesResponsablesPlazos
1. Detección de un posible caso de acoso escolar o Bullying, Ciberbullying entre estudiantesDocentes, estudiantes, asistentes de la educación, al detectar un posible caso de acoso escolar, alerta al encargado(a) de convivencia escolar, se debe dejar un registro de la toma de conocimiento e informar dentro de 24 horas.
En caso que cualquier funcionario sea testigo o reciba un relato de alguna vulneración de derechos que afecte a cualquier estudiante, deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a los Tribunales de Familia, a través de la página oficial: https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/home/index.php, o en su defecto hacerlo de manera presencial. Cuando esto ocurra se deberá informar al Director del Establecimiento o Encargada de Convivencia Escolar.
Toma registro de la situación Encargada de Convivencia Escolar/ Inspector General/Profesor Jefe24 horas desde que se toma conocimiento de la situación
2. Detección de un posible caso de acoso escolar o Bullying (APODERADO)En caso de que un apoderado manifieste una denuncia de acoso escolar se le solicitará firmar registro de acta de entrevista donde relate la situación con encargado(a) de convivencia escolar.Encargado de Convivencia/Orientador24 horas desde que se toma conocimiento de la situación
3. Evaluación preliminar de la situación
3.1 ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE URGENCIA O RESGUARDO DE LOS INVOLUCRADOS.
Informar a la autoridad del establecimiento director(a), profesor jefe, orientador para indagar antecedentes previos.
Informar a las familias de los alumnos involucrados de forma inmediata, se les brindará apoyo y contención en espacios separados por parte de la Psicóloga de ciclo u Orientador.
También se evaluará la conveniencia de la derivación del alumno/a a las instituciones y organismos competentes, como OPD comunal, Defensoria de la Niñez etc.. 12
- Se adoptarán otras medidas de resguardo para proteger la integridad del alumno o párvulo, según la gravedad del caso, descritas precedentemente, dentro de las que se considera la separación del adulto eventualmente responsable de su función directa con los alumnos o párvulos, mientras dure la investigación.
Activación de medidas de apoyo psicosocial y pedagógico tales como apoyo del equipo de convivencia escolar (psicóloga), evaluar la eximición del deber de asistir al colegio por un tiempo prudente y acompañamiento pedagógico, recalendarización de trabajos y evaluaciones, entre otras.
Encargado(a) de convivencia Escolar
Orientador
Inspector general
24 horas desde que se toma conocimiento
4. Informar a familias de los involucradosSe informará mediante entrevista dejando evidencia escrita sobre la denuncia realizada y la aplicación de este protocoloEncargado(a) de convivencia Escolar2 días desde que se toma de conocimiento.
5. Indagar situación, entrevistas y citación a padres de los involucradosSe contextualizará la situación informada de la siguiente forma:
1. Entrevistas a los estudiantes involucrados
2. Indagación grupo curso de alumnos involucrados para detectar la presencia de acoso escolar.
3. Informes de profesores, personal administrativo, relacionados con el caso.
Luego de realizada la investigación, se determinarán las acciones a seguir dependiendo de los resultados de la misma y se dará a conocer esta información a los padres.
Encargada de convivencia escolar/ Orientador/ Inspector GeneralPlazo de 48 hrs
6. Plan de IntervenciónDependiendo de los resultados obtenidos se realizarán las siguientes acciones:
- Presentación de plan de apoyo y contención si corresponde:
Estudiante Afectado: Medidas de apoyo psicosociales con dupla (psicóloga, trabajador social,visita domicilia a la familia, derivación y entrevista con orientador del establecimiento , derivación a redes externas (OPD, CESFAM) Plan de apoyo pedagógico especial en las asignaturas, siendo estas flexibles acorde a su situación emocional, se coordinará con UTP plan de apoyo especial y acotado hasta que el estudiante pueda retomar normalmente sus asuntos pedagógicos.,
Estudiante Agresor: En paralelo de la Medida Formativa y/o Disciplinaria según corresponda, se brindará apoyo psicosocial con dupla, apoyo a la familia, visita domiciliaria, derivación a Orientador para monitoreo y derivación a redes externas (OPD, CESFAM) Plan de apoyo pedagógico especial en las asignaturas, siendo estas flexibles acorde a su situación emocional, se coordinará con UTP plan de apoyo especial y acotado hasta que el estudiante pueda retomar normalmente sus asuntos pedagógicos.
-Aplicación de sanciones formativas y disciplinarias. Si corresponde, según indica en R.I. (Medidas Formativas y Disciplinarias)
-Acciones a nivel del grupo curso o en las personas que sea pertinente. (Talleres formativos y preventivos, Intervención Dupla, Orientador, otros)
Tareas Formativas, referida a acciones de investigación y reflexión sobre algún tema referido directamente a la falta cometida, permitiendo que el estudiante genere un proceso de reflexión profunda. El funcionario a cargo de realizar la acción debe procurar monitorear los avances del estudiante. Se podrán realizar acciones como por ejemplo:
• Confección de afiches o diarios murales sobre algún tema.
• Presentaciones o disertaciones sobre algún tema en su curso o en otros cursos.
• Trabajos de investigación o expresión artística relacionados con la falta.
• Dirigir durante los recreos actividades recreativas con otros/as estudiantes.
• Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos, poesías, teatros, debates) de acuerdo a la falta.
-Acciones a nivel liceo: Reforzar protocolos de actuación, medidas formativas y disciplinarias como lo establece nuestro R.I. Talleres formativos y preventivos sobre violencia y acoso escolar.
Encargada deconvivencia escolar.3 días
7. Cierre e informe final- Se realiza Informe Concluyente en el que se detalla la investigación en todas sus etapas y las actas de reunión del equipo responsable.
-Se informa a las familias vía entrevista sobre el cierre del proceso. Se describen las medidas o acciones que deberán los apoderados de los estudiantes involucrados tales, como apoyo por parte de la dupla psicosocial, derivación a redes externa tal como Cesfam u especialista según sea el caso.
Los padres y/o apoderados podrán apelar a las sanciones o medidas que resulten de la investigación durante un período de dos días hábiles luego de haber sido informados por Encargada de Convivencia Escolar.

- Realización de Informe final del caso con copia al MINEDUC y Superintendencia.
Encargada de convivencia escolar.Plazo. máx. 5 días

EN CASO DE MALTRATO DE UN ADULTO A ESTUDIANTE

Definición Maltrato de Adulto contra Estudiante: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada por uno o más adultos de la comunidad escolar, incluyendo a funcionarios del Liceo, en contra de uno o más estudiantes, en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, con independencia del lugar en que se cometa. Esto incluye lo siguiente:

  1. Producir el temor razonable, que constituya un menoscabo considerable a la integridad física o psíquica, a la vida privada, propiedad o a otros derechos fundamentales;
  2. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo;
  3. Dificultar o impedir el desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual o físico.4. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes, u ofender a cualquier estudiante.
  4. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un(os) estudiante(s).
  5. Agredir verbal o psicológicamente (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, utilizar lenguaje sarcástico, etc.) a uno o más estudiantes.
  6. Amenazar, atacar, injuriar, desprestigiar a un(os) estudiante(s) o a través de chats, blogs, Instagram, Facebook, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, redes sociales, virtual o electrónico.
  7. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato hacia estudiantes.
  8. Realizar acosos o ataques de connotación sexual a otro u otros estudiantes (siempre y cuando estos no sean constitutivos de delito, pues en ese caso se deberá aplicar protocolo de acción para abuso sexual).
  9. Intimidar a los estudiantes con todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
PasosAccionesResponsablesPlazos
1. Recepción de información y procedimiento de denuncia:a) Cualquier directivo, docente o asistente de la educación que sea testigo o reciba un relato sobre una situación de maltrato, violencia o acoso de un adulto a una estudiante, deberá denunciar formalmente este hecho a los organismos correspondientes (Tribunales, PDI, Carabineros de Chile) en un plazo máximo de 24 horas.
b) Quién recibe el relato debe escuchar con atención y tomar nota inmediatamente de los hechos que expone la estudiante evitando hacer preguntas, juicios de valor y/o comentarios.
c) El procedimiento para hacer la denuncia es la asistencia presencial en el ministerio público, carabineros de chile, policía de investigaciones o tribunales. En su defecto, se puede realizar la denuncia de manera virtual en la plataforma del poder judicial: https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/home/index.php.
De denunciar, cualquier funcionario testigo de la agresión.Encargada de Convivencia24 horas.
2. Indagación y reporte:Directora y Encargada de Convivencia Escolar, deberán informar al apoderado, padre, madre o tutor legal, en una entrevista personal la cual quedará registrada en la carpeta de investigación.
b) Se realizará un informe con los antecedentes recopilados y estos serán entregados a los organismos correspondientes cuando sean solicitados.
c) Se brindarán los apoyos inmediatamente al estudiante agredido por parte de la dupla psicosocial u Orientador.
Si quien es acusado de vulnerar los derechos de las estudiantes es un funcionario del Liceo:
a) Si el acto informado es constitutivo de delito, se realizará la denuncia respectiva con un plazo máximo de 24 horas. En este tipo de situaciones, el funcionario será suspendido inmediatamente de sus funciones, mientras dure el proceso de investigación.
b) Siempre se evitará que la o las estudiantes afectadas, tengan contacto con el adulto acusado de agresión o maltrato.
Si la denuncia se presenta contra un apoderado/a u otro/a adulto no vinculado contractualmente al establecimiento:

-En caso que la persona señalada como agresora, sea el padre, madre, cuidador o tutor legal de la estudiante, se realizará la denuncia de manera inmediata, para resguardar a la alumna de una posible vulneración de derechos.
- En relación a la víctima de maltrato se le entregará acompañamiento por parte de las duplas psicosociales del establecimiento hasta que dure el proceso de investigación en los organismos correspondientes, o se entreguen nuevas orientaciones desde tribunales.
Directora
Encargada de Convivencia Escolar
48 horas.
3. Resolución y seguimiento:a) Se archivarán todos los antecedentes recopilados a espera de que sean solicitados por los organismos correspondientes.
b) Se realizará el seguimiento del proceso velando por la integridad de la o las estudiantes por parte del adulto responsable de su cuidado.
Se brindará apoyo psicosocial emocional mediante entrevista, contención al estudiante y a la familia. También se brindará apoyo pedagógico si lo requiere.
Encargada de Convivencia Escolar.
Orientador
3 días hábiles.