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Reglamento Interno

-Título VII. Aprobación, modificación, actualización y difusión del Reglamento Interno.

Artículo N°01 Aprobación, actualización y modificaciones

El presente reglamento será aprobado por el Equipo de Gestión del Establecimiento, junto al Consejo Escolar en la segunda sesión de cada año. De la elaboración, modificación y revisión del Reglamento Interno del establecimiento educacional, sin perjuicio de la aprobación del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribución. Con este objeto, el Consejo Escolar organizará una jornada anual de discusión para recabar las observaciones e inquietudes de la comunidad escolar respecto de dicha normativa. Dicha jornada será realizada en el mes de diciembre del vigente año con toda la comunidad educativa, se informará previamente la fecha y lugar de la realización de dicha instancia que estará a cargo de la Coordinación de Convivencia Escolar y los Representantes del Consejo Escolar.

Artículo N°02: Difusión y entrada en vigencia

El Reglamento Interno deberá ser conocido y asumido por todos los miembros de la comunidad escolar. Al momento de la matrícula cada apoderado recibirá un extracto del Reglamento y durante el año se realizará difusión vía los medios informativos oficiales. De igual forma será socializado en la primera reunión de centro general de padres y apoderados, consejos de profesores y consejos de curso. Finalmente estará disponible en las páginas oficiales y de forma física para todo miembro de la comunidad educativa que lo requiera. El presente reglamento entrará en vigencia en Mayo del presente año una vez aprobada la actualización por el Consejo Escolar.

Artículo N°03: Sugerencias, reclamos, denuncias y felicitaciones

El establecimiento dispone a toda la comunidad educativa un libro o cuaderno de reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones, este libro estará ubicado en la oficina de Secretaria del establecimiento, debiendo quedar siempre por escrito cualquier inconveniente como respaldo para dar respuesta a lo solicitado en un plazo no mayor a 10 días hábiles.